Según la resolución SAT-DSI-393-2025, publicada en el diario oficial, la decisión se basa en un dictamen conjunto de diversas instancias de la SAT, incluyendo las Intendencias de Aduanas, de Asuntos Jurídicos, de Atención al Contribuyente, de Fiscalización y de Recaudación, entre otras. El objetivo es facilitar los trámites administrativos y garantizar la integridad de los datos tributarios.
La transición se realizará de forma progresiva, armonizando los sistemas informáticos de la SAT para soportar el uso del CUI como NIT sin afectar la funcionalidad y operatividad actual de la institución.
¿A quiénes aplica esta medida?
De acuerdo con la resolución, la adopción del CUI como NIT será aplicada a todos los contribuyentes, tanto a aquellos que ya poseen un NIT como a los nuevos que se registren en la SAT a partir de la fecha de vigencia.
Para garantizar una implementación efectiva, se ha instruido a todas las dependencias de la Administración Tributaria a realizar las adecuaciones normativas, administrativas y técnicas necesarias dentro de su competencia.
Vigencia inmediata
La resolución entró en vigencia desde su publicación en el diario oficial y se hará del conocimiento de los órganos y dependencias de la SAT mediante los canales correspondientes.
Con esta medida, la SAT busca modernizar y simplificar el sistema tributario en Guatemala, reduciendo la burocracia y facilitando la gestión de información para todos los contribuyentes. ¡Una transformación clave para la eficiencia administrativa del país!